PUBLICADA RESOLUCION SGT CONSEJERÍA DE SALUD DEL GOBIERNO DE LA RIOJA DE 20 DE JUNIO DE 2020 Junio222020

PUBLICADA RESOLUCION SGT CONSEJERÍA DE SALUD DEL GOBIERNO DE LA RIOJA DE 20 DE JUNIO DE 2020

El BOR de 20 de junio ha publicado la “Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 20 de junio de 2020, por el que se adoptan las medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, tras la superación de la fase 3 del plan para la transición hacia una nueva normalidad”.

 

El artículo 7.4 del Anexo de dicha norma, regula las medidas de prevención sanitaria relativa a las actividades de servicios profesionales abiertas al público en los siguientes términos:

 

“7.4. Establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público, mercadillos y parques comerciales.

Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público, así como los centros o parques comerciales, podrán abrir sin límite de aforo siempre que se garantice el mantenimiento de la distancia interpersonal de 1,5 metros o uso de mascarilla y se respetará un setenta y cinco por ciento de aforo en los espacios comunes y espacios recreativos, si los hubiere. Se procurará el establecimiento de un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65años….”

 

 

Por otra parte, habida cuenta el aforo limitado de las instalaciones colegiales, se informa que resulta de aplicación el apartado 30 del citado anexo, relativo al control de la identidad de los asistentes al objeto del posible rastreo de contagios, con el siguiente tenor

 

“7.30. Establecimientos y eventos con reserva de plaza o asignación de hora y puerta de acceso. Para todos los locales y establecimientos con aforo limitado, o eventos con asignación de hora y puerta de acceso, será obligatoria la reserva previa nominal (nombre y apellidos, dirección postal y teléfono),para posibilitar el rastreo del contagio. Se deberá garantizar la entrada y salida a los eventos de forma escalonada y evitando aglomeraciones.”

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